Plazos de Ingreso
La notificación del Recurso Cameral Permanente se efectúa de forma individual a cada contribuyente, por aplicación del artículo 14.2 de la Ley 3/1993 y los artículos 102, y 109 al 112 de la Ley 50/2003, 17 de diciembre, General Tributaria.
2. Las deudas notificadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
3. Transcurridos los plazos de pago que se indican, la deuda será exigida por el procedimiento de apremio, devengando los siguientes recargos y, en su caso, las costas que se produzcan, según lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
Recargos:
Información de contacto | Rosario I. Galindo Ruíz | Telf.: 958 82 11 60 | Cámara de Comercio de Motril |
Esta dirección de correo está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.


Please wait...
¿Necesitas Ayuda?