PLAN MÁS AUTÓNOMOS: MÁS EMPLEO, MÁS AUTÓNOMOS
Ha sido publicada la Orden 15 de marzo de 2007 (BOJA núm. 64 de 30 de marzo 2007) por la que desarrolla el Decreto 175/2006 del 10 de octubre, que regula diferentes medidas para el Fomento y Consolidación del Trabajo Autónomo, con ella nace
El Plan Más Autónomos, con una vocación clara de impulsar el autoempleo, se crea así el SISTEMA DE ATENCIÓN AL AUTÓNOMO.
El Sistema de Atención al Autónomo, nuestro nuevo servicio, desarrolla las labores de asesoramiento, tutorización y apoyo en la puesta en marcha de proyectos y consolidación de negocios así como la ayuda en la elaboración del plan de negocio, requisito imprescindible para solicitar las ayudas y los préstamos a las entidades financieras.
La Junta de Andalucía introduce novedades como el Portal del Autónomo, a través de él los usuarios podrán acceder a información sobre las distintas ayudas, solicitarlas ellos mismos telemáticamente, mediante certificado digital o bien hacerla presencialmente en esta oficina, también podrán verificar en todo momento el estado en las que se encuentran sus solicitudes.
AYUDAS:
Las ayudas que contempla la orden y que desde este servicio se podrán tramitar son
- Ticket del autónomo para el inicio de la actividad
Ayuda a tanto alzado de 6.000 o 9.000 euros, para solicitar esta ayuda es imprescindible no estar dada de alta la empresa, aunque con carácter excepcional para este ejercicio tendrá carácter retroactivo para todos aquellos autónomos dados de alta desde el 1 de octubre del 2006, hasta el 30 de marzo del 2007.
- Bonificación de intereses de préstamo. Financiación tanto para inicio de actividad del trabajo autónomo como para la consolidación
Esta ayuda alcanzará como máximo 6 puntos del tipo de interés fijado por la entidad financiera y hasta una cuantía máxima de 3.005 euros, será necesario el informe favorable del plan de viabilidad y que hayan formalizado el préstamo.
- Apoyo a la obtención de crédito sin aval o microcrédito, (tanto para inicio de actividad del trabajo autónomo como para la consolidación)
Se trata de pequeños créditos de carácter personal para aquellas personas que no pueden acceder al sistema crediticio ordinario y que acrediten que no es beneficiario de otro préstamo, estos créditos serán con entidades financieras que hayan suscrito convenio de colaboración con la Junta de Andalucía y no precisarán más aval que la valoración favorable del proyecto emitido por este servicio.
- Medida para el apoyo y gestión necesarios en el ejercicio de la actividad.
Ayuda a tanto alzado destinada a financiar el coste de la contratación de servicios externos de asesoramiento, tales como análisis de mercado, marketing, publicidad, gestión financiera y comercial, gestión de nóminas, seguros sociales, impuestos, contabilidad…
El máximo 4.000 euros, podrá ser solicitada por aquellas personas que vayan a iniciar la actividad como autónomo o que habiéndola iniciado solicite este incentivo durante el primer año de actividad.
BENEFICIARIOS
Los usuarios del Sistema de Atención al Autónomo que quieran optar a estas ayudas deberán pertenecer a alguno de los siguientes colectivos:
- Mujer
- Jóvenes menores de 30 años o
- Personas con especiales dificultades de acceso al mercado de trabajo, (Art. 3 a, mujeres víctimas de violencia de género, personas con discapacidad reconocida igual o superior al 33%, personas ex-reclusas, personas con problemas de drogadicción o alcoholismo que se encuentren en procesos de rehabilitación o reinserción social, jóvenes que se incorporen al mercado de trabajo procedentes de instituciones de protección y reforma, personas usuarias del Programa de Solidaridad, parados de larga duración mayores de 45 años, pertenecientes a minorías étnicas, víctimas de actos terroristas, y/o familiares en primer grado de consanguinidad o afinidad, parados de larga duración que lleven más de 24 meses en desempleo, así como demás personas en riesgo de exclusión)
REQUISITOS
- Estar desempleados e inscritos como demandantes de empleo. Aunque la norma establece que con carácter retroactivo que todos los autónomos/autónomas constituidas desde el 1 de octubre de 2006 hasta el 30 de marzo, aunque estén dados de alta, podrán optar a solicitar las ayudas.
- Ser usuarias del Sistema de atención al autónomo.
- Pertenecer a uno de los colectivos beneficiarios anteriormente mencionados
- Que haya un informe favorable del Plan de Viabilidad
El PLAZO de presentación de solicitudes será:
- Para el ejercicio 2007 habrá dos convocatorias, todo el mes de abril y todo el mes de septiembre.
- Para los próximos ejercicios se abrirán el plazo los meses de enero, mayo y septiembre.
La Consejería de Empleo resolverá en el plazo máximo de dos meses, y una vez que el autónomo justifique que está en funcionamiento, el pago de las ayudas por parte del Consejo Andaluz de Cámaras será inmediato.
Para más información:
www.juntadeandalucia/empleo/autonomos
Cristina Márquez García
Técnica del Sistema de Atención al Autónomo
Cámara de Comercio de Motril
camaramotrilautoempleo@hotmail.com
Teléfono 958 82 11 60